| NOMBRE | FUNDACIÓN DEL TEATRO REAL |
| DOMICILIO | Teatro Real. Plaza de Oriente s/n. 28013 Madrid |
| CIF | G81352247 |
| URL | www.teatro-real.com |
| ÓRGANO DE CONTRATACIÓN | Director General de la Fundación |
| ACTIVIDAD DEL CONTRATANTE | Administración del Teatro Real. Contratos de obras, servicios suministros |
La Fundación del Teatro Real realizará su contratación conforme a las disposiciones que le sean de aplicación de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y disposiciones contenidas en la Sección 1ª, Capítulo II, Título I, del Libro III de la LCS, y de la normativa interna de contratación aprobada por la Comisión Ejecutiva el 2 de junio de 2008.
Los contratos que realice la Fundación tendrán la consideración de contratos privados, y el orden jurisdiccional civil será el competente para conocer de las controversias que surjan en relación a la preparación y adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de los contratos privados.
Los contratistas que pretendan celebrar un contrato con la Fundación del Teatro Real deberán cumplir los requisitos relativos a la capacidad, solvencia y prohibición de contratar previstos en los artículos 43 a 53 para los contratos no sujetos a la regulación armonizada de la Ley de Contratos del Sector Público, a excepción del apartado 2 del artículo 49, que está limitado a las administraciones públicas.